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IVA

Modelo 303 IVA: guía paso a paso para autónomos

29 June 2026·7 min de lectura·Syntra Blog

El Modelo 303 se presenta cada trimestre y los errores salen caros. Te explicamos qué datos necesitas, cómo rellenarlo y los fallos más comunes — con ejemplos.

¿Qué es el Modelo 303?

El Modelo 303 es la declaración trimestral del IVA que todo autónomo y empresa con actividad económica debe presentar ante la Agencia Tributaria. Sirve para liquidar la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado a tus proveedores (IVA soportado).

Plazos de presentación 2026

TrimestrePeríodoPlazo
1TEnero – MarzoDel 1 al 20 de abril
2TAbril – JunioDel 1 al 20 de julio
3TJulio – SeptiembreDel 1 al 20 de octubre
4TOctubre – DiciembreDel 1 al 30 de enero

Si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil.

Qué necesitas antes de empezar

  • Todas las facturas emitidas del trimestre (con IVA desglosado)
  • Todas las facturas recibidas (compras y gastos deducibles)
  • Acceso a la Sede Electrónica de la AEAT (con certificado digital o Cl@ve PIN)
  • Los datos del trimestre anterior (para el casillero de compensación)
  • Cómo rellenar el Modelo 303: casilla a casilla

    Sección: IVA devengado (lo que cobras)

    Casilla 07 — Base imponible operaciones al tipo general (21%)

    Suma el importe neto (sin IVA) de todas las facturas que hayas emitido a tipo general.

    Casilla 09 — Cuota (IVA repercutido al 21%)

    Casilla 07 × 0,21. Es el IVA que has cobrado a tus clientes.

    Si tienes operaciones a tipo reducido (10%) o superreducido (4%), los declaras en casillas 04-06 y 01-03 respectivamente.

    Sección: IVA deducible (lo que pagas)

    Casilla 28 — Base imponible operaciones interiores corrientes

    Suma de todas las compras y gastos con IVA deducible: materiales, suministros, servicios profesionales, alquiler de local, etc.

    Casilla 29 — Cuota soportada

    El IVA que has pagado en esas compras.

    El resultado final

    Casilla 46 = IVA devengado − IVA deducible

  • Si el resultado es positivo: pagas a Hacienda
  • Si el resultado es negativo: lo puedes compensar en el siguiente trimestre (o pedir devolución en el 4T)
  • Los 5 errores más frecuentes

    1. Olvidar facturas de compra: muchos autónomos solo guardan las de venta. Cada factura de gasto deducible que pierdes es IVA que podrías recuperar.

    2. Incluir gastos no deducibles: gastos personales, multas, o gastos sin factura no pueden descontarse. Hacienda los cruza con tus movimientos bancarios.

    3. Declarar IVA de facturas no cobradas: el IVA se devenga cuando emites la factura, no cuando cobras. Si tienes clientes que no pagan, existe el procedimiento de "modificación de la base imponible por créditos incobrables".

    4. Confundir base imponible con total factura: la base es el importe antes de IVA. Si una factura es de €1.210 (€1.000 + €210 de IVA), la base es €1.000.

    5. Presentar fuera de plazo: el recargo es del 1% de la cuota más un 1% adicional por cada mes completo de retraso (sin intereses de demora hasta los 12 meses). Pasados los 12 meses, el recargo pasa a ser del 15% y empiezan a devengarse intereses de demora.

    Operaciones especiales

    Operaciones intracomunitarias: si compras o vendes a empresas de la UE, hay casillas específicas (59–62). El IVA de estas operaciones funciona de forma diferente.

    Régimen de recargo de equivalencia: si eres comerciante minorista, probablemente estés en este régimen y no presentes el 303. Consulta con tu gestor.

    Criterio de caja: si te acogiste a este régimen especial, el IVA se declara cuando cobras (o pagas), no cuando emites la factura.

    Qué pasa si el resultado es negativo

    Si tu IVA soportado supera al repercutido (común en los primeros trimestres o en actividades con muchas compras):

  • 1T, 2T y 3T: el saldo negativo se arrastra como "cuotas a compensar" al trimestre siguiente
  • 4T: puedes solicitar la devolución del saldo a tu favor marcando la casilla correspondiente. Hacienda tiene 6 meses para devolverte
  • Cómo Syntra automatiza el 303

    Syntra clasifica cada factura en la categoría correcta (repercutido o soportado) en cuanto la subes. Al final del trimestre, tienes los totales por tipo de IVA listos para trasladar directamente al formulario de la AEAT — sin buscar facturas ni sumar manualmente.

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