Errores al calcular el IGIC en Canarias (guía 2026)
El IGIC tiene 6 tipos y no es como el IVA. Descubre los 5 errores más frecuentes al calcularlo y cómo evitar una sanción de Hacienda — te lo explicamos con ejemplos.
¿Qué es el IGIC y en qué se diferencia del IVA?
El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es el equivalente canario del IVA. Las Islas Canarias no forman parte del territorio aduanero de la Unión Europea a efectos fiscales, por lo que tienen su propio sistema de imposición indirecta con tipos completamente distintos.
Mientras el IVA peninsular tiene tipos del 21%, 10% y 4%, el IGIC aplica:
| Tipo | Porcentaje | Ejemplos |
|---|---|---|
| Cero | 0% | Agua, medicamentos, libros, alimentos, transporte aéreo |
| Reducido | 3% | Productos sanitarios, óptica, industria textil |
| General | 7% | Todos los demás productos y servicios |
| Incrementado | 9,5% | Vehículos, embarcaciones, motos de agua |
| Esp. incrementado | 15% | Alcohol, joyería, vehículos >11CV fiscales |
| Especial | 20% / 35% | Tabaco negro / tabaco rubio |
Los 5 errores más frecuentes al calcular el IGIC
Error 1: aplicar el 21% de IVA en lugar del 7% de IGIC
Es el error más habitual. Un software diseñado para el mercado peninsular aplica el tipo general del IVA (21%) a operaciones que deberían tributar al IGIC general (7%). El resultado es una factura incorrecta y una declaración trimestral inflada.
Consecuencia directa: ingresas más de lo que debes a Hacienda, o peor, emites facturas con un impuesto que no puedes repercutir legalmente en Canarias.
Error 2: confundir el modelo 303 con el modelo 420
En Canarias no se presenta el modelo 303 (IVA). El equivalente es el modelo 420 (declaración trimestral del IGIC) y el modelo 421 para operaciones en régimen simplificado. Presentar el 303 desde Canarias es un error que la Agencia Tributaria Canaria detecta y sanciona.
Error 3: no aplicar el tipo reducido del 3% donde corresponde
Muchos negocios del sector salud, óptica o industria aplican el 7% general cuando sus productos tributan al 3% reducido. El error pasa desapercibido durante meses hasta que una inspección o una revisión contable lo detecta.
Error 4: ignorar el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional (REPEP)
Las empresas canarias con facturación inferior a 50.000€ anuales (límite vigente desde el 1 de julio de 2026, antes 30.000€) pueden acogerse al REPEP, que implica exención de IGIC. Si tu proveedor está en REPEP y tú le aplicas IGIC en la factura, estás declarando un impuesto que no existe. Y al revés: si estás en REPEP y cobras IGIC a tus clientes, debes ingresarlo igualmente.
Error 5: mezclar facturas de Península y Canarias en el mismo registro
Si operas en ambos territorios, cada factura debe clasificarse correctamente: IVA para operaciones peninsulares, IGIC para canarias. Mezclarlos en el mismo asiento contable genera discrepancias imposibles de cuadrar en la declaración trimestral.
El error más común en los softwares de contabilidad
La mayoría de herramientas de gestión están diseñadas para el mercado peninsular. Cuando una empresa canaria las utiliza, el sistema simplemente trata el IGIC como si fuera IVA, aplicando los tipos incorrectos o mezclando las declaraciones.
El resultado: declaraciones fiscales erróneas, discrepancias con los modelos 420/421 y problemas con la Agencia Tributaria Canaria.
Cómo Syntra detecta el IGIC automáticamente
Syntra utiliza un modelo de IA que analiza la factura completa — no solo los importes, sino también el contexto, el emisor y las referencias fiscales. Cuando detecta que una factura corresponde a una operación en Canarias, identifica automáticamente el tipo aplicable:
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo general del IGIC en 2026?
El tipo general del IGIC en 2026 es el 7%. Se aplica a todos los productos y servicios que no están recogidos en los tipos reducido (3%), incrementado (9,5%) o especiales (15%, 20%, 35%).
¿Qué modelo se presenta en Canarias en lugar del 303?
En Canarias se presenta el modelo 420 (declaración trimestral del IGIC) en lugar del modelo 303 de IVA. Para el régimen simplificado existe el modelo 421.
¿Qué pasa si aplico IVA en lugar de IGIC en una factura canaria?
Estás emitiendo una factura fiscalmente incorrecta. El cliente no puede deducir ese IVA (porque en Canarias no aplica) y tú estás repercutiendo un impuesto que no debes ingresar al Estado sino a la Agencia Tributaria Canaria. Puede derivar en sanciones en una inspección.
¿Qué es el REPEP y quién puede acogerse?
El Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional (REPEP) permite la exención de IGIC a empresas y autónomos canarios con facturación inferior a 50.000€ anuales (límite vigente desde el 1 de julio de 2026, antes 30.000€). Quien se acoge no repercute IGIC en sus facturas ni lo deduce en sus compras.
¿Cómo sé si una factura lleva IGIC o IVA?
Las facturas con IGIC deben indicar explícitamente 'IGIC' y mostrar el CIF canario del emisor. Si la factura indica 'IVA' o no especifica el impuesto, y el proveedor opera desde la Península, lleva IVA. Syntra detecta automáticamente cuál aplica al leer la factura.